Ceuta y Melilla
Ceuta y Melilla son, según la retórica oficial marroquí, «ciudades ocupadas» pendientes de «recuperación». Cada cierto tiempo el debate resurge, casi siempre alimentado desde Rabat, y la afirmación suena contundente, pero se sostiene más en la repetición que en los hechos históricos y jurídicos.
Cinco siglos de historia, no un episodio colonial
Melilla es española desde el 17 de septiembre de 1497, cuando tropas al servicio del duque de Medina Sidonia tomaron la plaza. Ceuta pasó a soberanía portuguesa en 1415 y, tras la unión dinástica de las coronas ibéricas en 1580, quedó bajo el mismo monarca. Cuando Portugal se separó de España en 1640, Ceuta optó por permanecer española, algo que el Tratado de Lisboa de 1668 confirmó de forma definitiva.
Estas fechas son importantes porque sitúan el origen de la soberanía española siglos antes de que existiera el fenómeno que normalmente llamamos «colonialismo»: el reparto de África entre potencias europeas a finales del siglo XIX. Ceuta y Melilla no nacieron de ese reparto, sino de la expansión ibérica posterior a la Reconquista, en un momento en el que tampoco existía un Marruecos unificado con las fronteras y la condición de estado que tiene hoy.
El argumento marroquí suele presentar la soberanía española como una imposición militar sin más. Pero tras la Guerra de África, el Tratado de Wad-Ras de 1860 obligó al sultán marroquí a reconocer y ampliar formalmente los límites de ambas plazas: fue un reconocimiento expreso, por escrito, no solo un hecho consumado. Medio siglo después, el Tratado de Fez de 1912, que estableció el protectorado español y francés sobre Marruecos, excluyó explícitamente a Ceuta y Melilla de ese protectorado, precisamente porque ya eran territorio español pleno y no parte de lo que se estaba «protegiendo». Esa distinción jurídica explica por qué el resto de Marruecos se independizó en 1956 y estas dos ciudades no formaron parte de ese proceso.
Por qué no son colonias
La diferencia entre una colonia y un territorio integrado no es semántica, tiene criterios concretos. Una colonia clásica mantiene un régimen jurídico separado de la metrópoli; Ceuta y Melilla están integradas en la Constitución española de 1978 como ciudades autónomas, con el mismo ordenamiento legal que cualquier territorio español. Sus habitantes son ciudadanos españoles de pleno derecho, votan en todas las elecciones y eligen representantes en las Cortes, algo impensable en un régimen colonial. Y, de forma decisiva, la propia ONU mantiene una lista oficial de «territorios no autónomos» pendientes de descolonización —donde figuran el Sáhara Occidental o Gibraltar— y Ceuta y Melilla nunca han sido incluidas en ella.
Tampoco encaja el patrón económico colonial de extracción de recursos: ambas ciudades reciben transferencias netas del Estado español y son deficitarias fiscalmente, justo lo contrario de lo que ocurre en una relación colonial.
La inconsistencia del reclamo marroquí de Ceuta y Melilla
Hay además una contradicción de fondo en la posición de Rabat. El argumento que Marruecos usa para reclamar Ceuta y Melilla, proximidad geográfica, pertenencia histórica al Magreb, es el mismo tipo de razonamiento que otros emplean para cuestionar la anexión marroquí del Sáhara Occidental, territorio ocupado por Marruecos en 1975 y donde la ONU sí reconoce, a diferencia del caso de Ceuta y Melilla, un proceso de descolonización pendiente con derecho a referéndum. Marruecos rechaza esa comparación cuando se aplica a sí mismo, lo que resta coherencia a su reclamación sobre las ciudades españolas.
Una disputa política, no un vacío legal
Nada de esto significa que el debate esté cerrado en el plano político: Marruecos seguirá reivindicando ambas ciudades como parte de su proyecto nacional, y es previsible que la tensión diplomática continúe. Pero conviene no confundir una aspiración política con un vacío en el derecho internacional. En ese terreno, la posición española parte de una base mucho más sólida: cinco siglos de soberanía continua, tratados que la reconocen expresamente, plena integración constitucional y ausencia de cualquier calificación internacional como territorio colonial.
Ceuta y Melilla llevan siendo españolas mucho más tiempo del que lleva existiendo Marruecos como estado. Esa es, más allá de la retórica, la diferencia esencial.